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CONV. AYUDAS SECTOR VACUNO DEMARCACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA MANTEQUILLA DE SORIA

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA · España · Castilla y León · ES-BDNS-936281

¿Quién puede optar a CONV. AYUDAS SECTOR VACUNO DEMARCACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA MANTEQUILLA DE SORIA?

Resumen de Fondevia

Pueden optar: autónomos y personas físicas, empresas o explotaciones agrarias · con el proyecto en Soria

Cada requisito está citado de las bases oficiales, con su página. Todos los requisitos excluyentes deben cumplirse.

  1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, incluidas las sociedades cooperativas y las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), así como las sociedades civiles, las comunidades de bienes y las explotaciones agrarias de titularidad compartida

    Fuente en el documento:

    «Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, incluidas las sociedades cooperativas y las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), así como las sociedades civiles, las comunidades de bienes y las explotaciones agrarias de titularidad compartida»

    Cita del documento oficial (p. 1)
  2. siempre que sean titulares de una explotación ganadera de vacuno de leche ubicada en la provincia de Soria e inscrita en el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Mantequilla de Soria

    Fuente en el documento:

    «siempre que sean titulares de una explotación ganadera de vacuno de leche ubicada en la provincia de Soria e inscrita en el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Mantequilla de Soria»

    Cita del documento oficial (p. 1)
  3. No podrán ser consideradas como beneficiarias las personas o entidades en las que concurran algunas de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Fuente en el documento:

    «No podrán ser consideradas como beneficiarias las personas o entidades en las que concurran algunas de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»

    Cita del documento oficial (p. 1)

Cofinanciación y límites

Resumen de Fondevia

  • La cuantía de la subvención no sobrepasará el 50 % del gasto subvencionable hasta alcanzar una cuantía máxima de 365 euros por vaca en producción.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS / SNPSAP), datos abiertos del sector público español. infosubvenciones.es