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Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en edificios existentes del sector terciario (PREE Terciario)
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y DE TRANSICION ECOLOGICA Y DIGITAL EMPRESARIAL · España · Comunidad Foral de Navarra · ES-BDNS-936452
¿Quién puede optar a Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en edificios existentes del sector terciario (PREE Terciario)?
Resumen de Fondevia
Pueden optar: empresas o autónomos y personas físicas · con el proyecto en Comunidad Foral de Navarra
Cada requisito está citado de las bases oficiales, con su página. Todos los requisitos excluyentes deben cumplirse.
Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, que sean propietarias o empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios completos, locales o partes de un edificio existente del sector terciario ubicados en Navarra, excluido el sector público,
Fuente en el documento:
«Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, que sean propietarias o empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios completos, locales o partes de un edificio existente del sector terciario ubicados en Navarra, excluido el sector público,»
ubicados en Navarra
Fuente en el documento:
«ubicados en Navarra»
con una superficie útil total superior a 500 m2
Fuente en el documento:
«con una superficie útil total superior a 500 m2»
Serán subvencionables las actuaciones, según las tipologías de actuación anteriores, que acrediten una reducción del consumo de energía final mínimo de un 20 % con respecto a su situación de partida
Fuente en el documento:
«Serán subvencionables las actuaciones, según las tipologías de actuación anteriores, que acrediten una reducción del consumo de energía final mínimo de un 20 % con respecto a su situación de partida»
No se deberá superar la equivalencia financiera de 0,43 euros de ayuda/kWh de ahorro de energía final.
Fuente en el documento:
«No se deberá superar la equivalencia financiera de 0,43 euros de ayuda/kWh de ahorro de energía final.»
las actuaciones subvencionables no podrán iniciarse con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda
Fuente en el documento:
«las actuaciones subvencionables no podrán iniciarse con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda»